ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN 2019.

ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD 
EN 2019




A lo largo de las últimas cuatro décadas hemos podido ir viendo cómo se han ido recogiendo en las distintas leyes educativas, en los decretos, en las instrucciones... las distintas concepciones, propuestas y respuestas educativas para las personas con diversidad funcional y cómo han ido evolucionando los términos con los que se las denominan (el lenguaje sí importa) y la respuesta que se ha ido marcando en la legislación, con respecto a la atención a la diversidad.

La Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) en 1982 (ya derogada) y  el Real Decreto de Regulación de la Educación Especial del 6 de marzo de 1985, comienzan tímidamente el camino hacia la atención del alumnado con discapacidad. 

Un camino muy lento en el que muchas veces las leyes han recogido los derechos de las personas que luego en la realidad, los gobiernos y las administraciones públicas han ido incumpliendo.

Quizás la lectura de algunos artículos de la LISMI y del Real Decreto, nos ayude a reflexionar si hemos avanzado mucho, poco o nada en los últimos 40 años. 


-Algunos artículos de la derogada LISMI.
Sección tercera. De la educación
Artículo veintitrés.
Uno. El minusválido se integrará en el sistema ordinario de la educación general, recibiendo, en su caso, los programas de apoyo y recursos que la presente Ley reconoce.
Dos. La Educación Especial será impartida transitoria o definitivamente, a aquellos minusválidos a los que les resulte imposible la integración en el sistema educativo ordinario y de acuerdo con lo previsto en el artículo veintiséis de la presente Ley.
Artículo veintisiete.
Solamente cuando la profundidad de la minusvalía lo haga imprescindible, la educación para minusvalidos se llevará a cabo en Centros específicos. A estos efectos funcionarán en conexión con los Centros ordinarios, dotados de unidades de transición para facilitar la integración de sus alumnos en Centros Ordinarios.

-Algunos artículos del Real Decreto de Ordenación de la Educación Especial.
CAPÍTULO PRIMERO
De la Educación Especial: Disposiciones Generales
Artículo 1.
El derecho de todos los ciudadanos a la educación se hará efectivo, con respecto a las personas afectadas por disminuciones físicas, psíquicas o sensoriales o por inadaptaciones, a través, cuando sea preciso, de la Educación Especial que, como parte integrante del sistema educativo, se regula en el presente Real Decreto.
Artículo 2.
1.º La Educación Especial a que se refiere el artículo anterior se concretará bien en la atención educativa y temprana anterior a su escolarización, o bien en los apoyos y adaptaciones precisos para que los alumnos disminuidos o inadaptados puedan llevar a cabo su proceso educativo en los Centros ordinarios del sistema escolar, en el régimen de mayor integración posible, o en los Centros o unidades de Educación Especial.
2.º La escolarización en Centros o unidades específicas de Educación Especial, sólo se llevará a cabo cuando por la gravedad, características o circunstancias de su disminución o inadaptación, el alumno requiera apoyos o adaptaciones distintos o de mayor grado, a los que podrían proporcionársele en los Centros ordinarios y durará únicamente el tiempo que la disminución o inadaptación haga imposible la integración.
Artículo 17.
1.º Las adaptaciones del sistema pedagógico ordinario, que tendrán por objeto posibilitar o facilitar al alumno disminuido o inadaptado su proceso educativo, podrán concretarse en acomodar a las peculiaridades físicas, sensoriales o intelectuales de aquel el contenido o desarrollo de los programas ordinarios, los métodos o sistemas de impartición de los mismos, el material didáctico y los medios materiales utilizados, o las pruebas de evaluación de conocimientos que correspondan; y en el caso de estudios universitarios, además, el régimen de convocatorias establecido con carácter general, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley 13/1982, de 7 de abril.
2.º Las adaptaciones que afecten al contenido de los programas siempre que no supongan merma en el nivel básico de conocimientos exigidos para las enseñanzas en que se implanten, permitirán la obtención de las titulaciones académicas correspondientes a esas enseñanzas. En otro caso se expedirá un certificado que acredite la escolaridad.
Artículo 21.
Los Centros específicos de Educación especial facilitarán, siempre que sea posible, el paso a los Centros ordinarios de los alumnos disminuidos o inadaptados en ellos atendidos. En todo caso coordinarán las actividades extraescolares de sus alumnos con las de otros Centros ordinarios.
Disposición adicional cuarta.
A efectos de que todo el profesorado de Educación General Básica tenga conocimiento de las necesidades educativas específicas de los disminuidos e inadaptados, las autoridades educativas adoptarán las medidas oportunas para que en la formación básica y perfeccionamiento de aquél se incorporen los estudios necesarios sobre Educación Especial.
Como ya todos/as sabemos, las distintas leyes educativas que hemos tenido en nuestro país fueron cambiando la terminología al referirse a las personas con diversidad funcional y también evolucionaron en cuanto a su respuesta educativa.


Al volver al releer los artículos  de la LISMI y los del Real Decreto (que en su día casi me aprendí de memoria) veo lo mucho que han avanzado las leyes en estos años y lo poco que se ha avanzado en la práctica inclusiva a nivel social y educativoBasta con leer la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad (13 de diciembre de 2006) ratificada por España (9 de abril de 2008) y el Artículo 24 de la Educación Inclusiva (13 de septiembre de 2016) y ver la realidad actual de los centros específicos y de la Educación Inclusiva en los centros educativos de nuestro país, a finales del año 2019. 

Creo que es bueno volver la vista atrás de vez en cuando, para seguir reflexionando sobre el camino recorrido y las variables que están impidiendo e incidiendo para que aún vaya tan lenta la transformación necesaria del sistema educativo y que los escasos avances que se van consiguiendo en diversidad e inclusión se vean con frecuencia frenados por intereses diversos.

LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD



El concepto que se tenía en las dos últimas décadas de la Atención a la Diversidad por suerte va evolucionando y hoy, podemos decir que la AD tiene que ser el eje fundamental sobre el que se tiene que construir la educación justa, equitativa, diversa e inclusiva.

La educación puede seguir innovando y avanzando en distintos campos con múltiples herramientas y propuestas, pero mientras que todos los alumnos/as no puedan trabajar juntos dentro de las aulas ordinarias y se realice en ellas una buena atención a la diversidad, no habremos conseguido la verdadera educación de calidad.

Creo poder afirmar, sin temor a equivocarme, que todos los docentes han escuchado el término Atención a la Diversidad y al menos, han leído algo sobre ella. Imagino que todos los centros educativos la tienen recogida en todos los apartados de su Proyecto Educativo o ha elaborado un plan o programa concreto para atender a todo el alumnado del centro. Pero... 

¿Qué es la Atención a la Diversidad? 
¿Qué entendemos por Atención a la Diversidad?

Para mí, la Atención a la Diversidad es el eje fundamental del Proyecto Educativo y marca toda la filosofía y la propuesta educativa del centro. 

Desde mi experiencia he podido comprobar que este término se utiliza, en la mayoría de las ocasiones, asociado al alumnado con alguna "etiqueta" (alumnado repetidor, con algunas discapacidades, inmigrante...), cuando es un concepto asociado a TODO el alumnado, porque todos/as son diversos/as. 

A lo largo de mis años de docencia he ido comprobando que los planes o programas de AD (muchas veces la legislación marca la obligatoriedad de su realización) presentan algunas características que desde mi punto de vista, los hacen poco realistas y viables.

-Los planes o proyectos de Atención a la Diversidad son genéricos, consistentes en un abultado número de páginas, (80-100...) que en la practica, son muy poco operativos. 
-La mayoría de ellos recogen lo que dice la normativa vigente en ese momento, pero no implementan las acciones para atender a TODO el alumnado, centrándose en el alumnado "etiquetado". 
-Contienen un listado de intervenciones concretas centradas en las dificultades de ciertos alumnos/as. 
-No emanan de  ellos una verdadera atención a la diversidad, sino una atención al alumnado que tiene dificultades concretas. 
-Son documentos que se elaboran porque "hay que hacerlos", pero generalmente no se lleva a cabo en la práctica lo que se pone en ellos.
-Suponen una declaración de intenciones que luego se queda sólo en el papel.

En los últimos años, veo con alegría que cada vez son más los centros educativos que sí hacen una buena reflexión sobre todas las variables de su centro y de su alumnado, antes de elaborar su Proyecto Educativo, para dotarlo a lo largo de todos y cada uno de sus apartados, de propuestas que lleven a una buena atención a la diversidad.

Algunos centros optan por realizar un plan de atención a la diversidad realista y concreto a sus necesidades, en el que recogen todas las propuestas, pero desde mi experiencia, creo que mejor que la elaboración de un plan de AD, es incluir la AD en todos los apartados del Proyecto Educativo.

Estoy bastante de acuerdo en cómo se recoge la Atención a la Diversidad en estos párrafos de educantabria:


"Hay que tener presente, a este respecto, que la educación es un derecho básico, de carácter obligatorio recogido en la Constitución y que, por tanto, todo ciudadano debe encontrar respuesta a sus necesidades formativas, de modo que adquiera un bagaje cultural que le permita convertirse en miembro de pleno derecho de esta sociedad.
Es responsabilidad de las diferentes administraciones equiparar oportunidades, es decir, ofrecer los recursos necesarios para que todo el alumnado, independientemente de sus circunstancias personales, sociales, culturales, étnicas o cualquier otra, logre el desarrollo integral de todas sus potencialidades y forme parte de esta sociedad en continua transformación.
Por tanto, entendemos la ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD como el conjunto de acciones educativas que en un sentido amplio intentan prevenir y dar respuesta a las necesidades, temporales o permanentes, de todo el alumnado del centro".



En la actualidad se van dando pasos cada vez mas firmes hacia la Educación Inclusiva y la legislación va actualizando los términos, los conceptos, las intervenciones educativas... aunque si nos ponemos a analizarlas en profundidad, vamos descubriendo las contradicciones y las incongruencias que en ellas aparecen. 
Aún así, como digo siempre, ahora estamos en el mejor momento porque el camino de la inclusión ya no tiene retorno. Cada día son más los sectores de la sociedad que trabajan y luchan por la diversidad y la inclusión escolar, social y laboral.
A continuación comparto algunos enlaces a algunas legislaciones actuales, que nos pueden ayudar a analizarlas, reflexionar sobre ellas y poder aportar mejoras y cambios.


*INSTRUCCIONES DE 8 DE MARZO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEPARTICIPACIÓN Y EQUIDAD, POR LAS QUE SE ACTUALIZA EL PROTOCOLO DE DETECCIÓN,IDENTIFICACIÓN DEL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYOEDUCATIVO Y ORGANIZACIÓN DE LA RESPUESTA EDUCATIVA.


¿Se realiza en los centros educativos una buena Atención a la Diversidad?


Creo que cada vez son más los centros educativos que se esfuerzan y trabajan por realizar una buena AD organizando el centro de forma inclusiva, gestionando los recursos, apostando por metodologías inclusivas, evaluando con equidad, aunque el porcentaje de centros que están en esta línea es aún muy escaso.

Cambiar y transformar las propuestas pedagógica y didáctica que posibilita personalizar la educación no es fácil porque hay mucha resistencia a los cambios y avances desde todos los sectores de la Comunidad Educativa: alumnado, profesorado y familias.

La educación es el único sector social que no avanza con respecto a los tiempos que vivimos. La sanidad, la tecnología, las comunicaciones, etc, van dando pasos acordes con los avances y descubrimientos que se van produciendo, mientras que la educación y las escuelas siguen ancladas en las propuestas de siglos pasados, inmóviles, incapaces de transformarse y adaptarse al mundo de hoy y a la diversidad existente.

La mirada educativa de la mayoría de la sociedad sigue centrada en la homogeneidad, en las dificultades, en las etiquetas, en la instrucción... Afrontar la AD desde esa mirada es bastante compleja y difícil. 


¿Conoce la Comunidad Educativa cómo recoge  el Proyecto Educativo de su centro la Atención a la Diversidad?


Me atrevo a dar respuesta a esta cuestión diciendo que creo que la mayoría de los miembros de la comunidad educativa no sabe qué es la AD, no conoce cómo se recoge en el Proyecto Educativo, ni siquiera le da la importancia que tiene la atención de todo el alumnado. 

Seguramente, algunas familias muy implicadas en la educación de sus hijos/as y otras porque sus hijos/as presentan diversidad funcional o alguna otra dificultad, sí que conocen lo que recoge el Proyecto Educativo sobre la AD. Me consta que en muchos casos, son esas familias las que están trabajando con el centro educativo para transformar los Proyectos Educativos en diversos e inclusivos.

La participación en la elaboración del Proyecto Educativo de todos los miembros de la Comunidad Educativa es una de las claves fundamentales, no sólo para conocer todo lo relacionado con la AD, sino también, con mejorar la implicación a la hora de llevar a la práctica las distintas propuestas recogidas en él, de forma colaborativa y consensuada.

¿CÓMO REALIZAS TÚ LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD?

¿CÓMO SE RECOGE EN EL PROYECTO EDUCATIVO DE TU CENTRO?

¿CÓMO SE REALIZA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN TU CENTRO?



Esta imagen que elaboré a finales de 2015, con el deseo de que 2016 fuera el año de la INCLUSIÓN, cuatro años después, finalizando el 2019, sigue siendo la misma. A ver si el 2020 por fin es el año de la DIVERSIDAD.

La Atención a la Diversidad en 2019 tiene mucho camino que recorrer aún en la sociedad y en la escuela. Pero lo cierto es que el camino de la diversidad ya no puede tener marcha atrás ni en la sociedad y ni en las escuelas del siglo XXI.
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